Este trámite deberá ser llenado por quien ejerce la patria potestad o tutela jurídica de la niña, niño o adolescente o personas bajo tutela jurídica en términos de la legislación civil, cuando viaje acompañado por un tercero mayor de edad o viaje solo, tanto mexicanos como extranjeros con la condición de estancia de residencia permanente, residente temporal o residente temporal estudiante en el país, dicha autorización será vigente por 180 días contados a partir de su elaboración.
Esta visa se otorga al cónyuge, concubinos, padre, madre, hermanos, hijos e hijastros menores de 18 años y solteros que vivan en el extranjero y pretendan ingresar a México y cuenten con un familiar mexicano o extranjero residente temporal o permanente en México.
Esta visa es para las personas se encuentran en el extranjero y que cuentan con una oferta de empleo en México.
La Visa de Visitante por Razones Humanitarias es el documento que se le autoriza a la persona extranjera que se encuentre y demuestre alguno de los supuestos previstos para su otorgamiento: